Seguimiento y apoyo técnico durante el acogimiento

Constituido el acogimiento familiar los equipos técnicos de las entidades colaboradoras, realizan un seguimiento semestral del desarrollo del/a menor o menores, de la relación con su familia biológica y con la familia acogedora, a través de entrevistas, visitas domiciliarias y coordinación con los servicios sociales, sanitarios y educativos que resulten oportunos. Se trata de comprobar que los acogidos/as están recibiendo los cuidados y atenciones que necesitan, realizando actuaciones de ayuda, asesoramiento, intervención o derivación a recursos especializados en aquellas situaciones que lo requieran.

En los casos de acogimiento permanente, si tras un periodo continuado de tres años se observa la plena integración del/a menor o menores en la familia acogedora, la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Bienestar Social podrá solicitar al Juzgado la atribución a los acogedores de facultades tutelares y la suspensión de los informes de seguimiento.

Se promoverá la extinción del acogimiento familiar cuando, como consecuencia del seguimiento efectuado o a instancia de los interesados, se constate que la medida o los/as acogedores ya no son adecuados/as para el desarrollo psicosocial del/la menor. Para ello, se procederá a la revisión de oficio de la declaración de idoneidad concedida a los acogedores.